¿Para qué me sirve un amparo?
Pedro Jiménez se encontraba llegando a su casa cuando unos oficiales de la policía municipal de Santa Rosa, en el estado Cabuda, lo detuvieron y se lo llevaron esposado para la sede de dicho cuerpo policial sin ningún tipo de explicaciones. La Sra. María de Jiménez, su esposa, presenció el arresto, se dirigió al lugar donde estaba detenido su esposo para solicitar una explicación, que le fue negada. Angustiada por el acontecimiento, la Sra. Jiménez solicitó ayuda a uno de sus vecinos, quien le dijo que lo único que ella podía hacer en ese caso era solicitar, ante un juez, un amparo a la libertad personal, es decir, un hábeas corpus. ¿Qué es un amparo constitucional? Es un mecanismo judicial específico, que tiene como finalidad lograr el restablecimiento inmediato de las situaciones jurídicas infringidas, frente a las violaciones en el goce y ejercicio de los derechos y garantías que la Constitución establece. ¿Cuáles son los tipos de amparos consagrados en la Constitución? Nuestra Constitución consagra dos tipos de amparo: el hábeas data y el hábeas corpus. ¿Qué es el hábeas data? Es el mecanismo judicial que protege el derecho que tiene toda persona a acceder a la información y a los datos que sobre sí misma o sobre sus bienes consten en registros oficiales o privados, con las excepciones que establezca la misma ley, así como de conocer el uso que se haga de los mismos y su finalidad; y a solicitar la actualización, la rectificación o la destrucción de dichos datos. Igualmente podrá acceder a documentos de cualquier naturaleza que contenga información cuyo conocimiento sea de interés para la comunidad o grupos de personas. Así mismo, la Constitución protege el secreto de fuentes de información periodísticas o de otras profesiones, como por ejemplo el secreto de confesión, los secretos profesionales que puedan existir entre un profesional de cualquier área con su cliente, entre otros. ¿Qué es un hábeas corpus? Es un mecanismo que se circunscribe a tutelar la libertad física o corporal. Se usa como garantía destinada a remover la privación ilegítima de esa libertad por detención o arresto, entre otros. ¿Qué se tiene que hacer para tramitar un Habeas Corpus? El trámite para interponer el hábeas corpus lo podemos conseguir en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales el cual establece que para que se pueda interponer un amparo de hábeas corpus es necesarios que una persona sea privada o restringida de su libertad, o que vea amenazada su seguridad personal, con violación de las garantías constitucionales. Esa persona tiene derecho a que un juez competente con jurisdicción en el lugar donde se hubiese ejecutado el acto o donde se encontraba la persona agraviada, expida un mandamiento de hábeas corpus, esto significa que ordene su libertad o restitución del goce del derecho violado. Para que el juez expida dicha solicitud, la parte agraviada o un representante del mismo, debe interponer un escrito ante el juez competente, quien tendrá un máximo de 96 horas después de haber recibido la solicitud para tomar una decisión y si procede decretar la inmediata libertad o el cese de las restricciones que se le hubiesen impuesto. De igual forma el juez podrá decidir, en los casos que considere necesario, sujetar a dicha persona a una caución personal o a prohibición de salida del país por un tiempo no mayor de 30 días. Una vez expedida la orden, el juez la remitirá al cuerpo policial correspondiente, quien tendrá el deber de ejecutarla a la brevedad posible. ¿Quién conoce del Caso? La autoridad competente son los jueces de Control de Primera Instancia en lo Penal en la jurisdicción donde se realizó la violación del derecho. ¿Quién y cómo se puede interponer un Amparo? La solicitud puede ser en forma escrita o verbal. La solicitud puede ser hecha por el agraviado u otra persona que la gestione a favor de él. El escrito puede ser realizado e interpuesto desde el momento en que se tiene conocimiento de la detención ilegal hasta el cese de la misma, y debe contener: Nombres y apellidos del agraviado Cédula de Identidad del agraviado Narración de los hechos en el momento de la aprehensión Lugar de la aprehensión Cuerpo Policial o de Seguridad que lo tenga detenido En caso que la persona que entregue el escrito no sea la misma que está privada de su libertad deberá colocar sus datos personales. La solicitud podrá ser hecha sin la asistencia de un abogado, siempre que se cumplan con los requisitos señalados. •
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DERECHOS AMPARADOS
Vida Libertad personal Debido proceso Domicilio Libertad de tránsito Libertad de manifestar Reunión y asociación Libertad de religión y culto Protección y ciudadana Políticos Sociales y familiares Propiedad Integridad física, psíquica y moral. Inviolabilidad de las Comunicaciones Libertad de Expresión e Información Económicos De los Pueblos Indígenas Ambientales Económicos •
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Consejo del Día
Los derechos constitucionales son la base de la ciudadanía, aprende a defenderlos
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La Sra. Jiménez debe realizar el trámite antes expuesto para que el juez estudie la solicitud y, si procede emita el mandato de Hábeas Corpus, que ordene la libertad del Sr. Jiménez
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