6  Justicia a su Alcance ÚLTIMAS NOTICIAS | Domingo 21 de Septiembre de 2003


Sistema de pensiones ¿Dónde estamos?



Julio Andrés Borges
julioaborges@cantv.net


Pedro García ha trabajado desde los 12 años, actualmente tiene 70 años y ve con desespero la forma de garantizar la subsistencia de él y su esposa cuando ya no pueda seguir trabajando. Sabe que no puede contar con una pensión digna, sabe que el sistema de pensiones es un desastre. Le han contado que hay países en los que le envían las pensiones a sus nacionales residentes en otros países a través de sus consulados y que además reciben las mejores ventajas por la condición de ser jubilados.

Marco legal. La Constitución de la República establece que toda persona tiene el derecho a la seguridad social como un servicio público no lucrativo, el cual debe garantizar la salud y la segura protección en casos de maternidad, paternidad, enfermedades, invalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad, necesidades especiales, riesgos laborales, pérdida de empleo, vejez, viudez, de los niños y adolescentes huérfanos, vivienda, y cualquier otra circunstancia de previsión social.

El Estado debe crear un sistemade Seguridad Social universal, integral, de financiamiento solidario, unitario, eficiente y participativo, con contribuciones directas e indirectas.

Así mismo, el Estado tiene que garantizar a los ancianos el pleno ejercicio de sus derechos, respetar su dignidad humana, su autonomía y garantizar la atención integral y los beneficios de la seguridad social que eleven y aseguren la calidad de vida de cada uno. Además se establece que las pensiones y jubilaciones no podrán ser inferiores al salario mínimo, es decir, de Bs. 209.088.

El 30 de diciembre de 2002, fue publicada en Gaceta Oficial N° 326.786 la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (Losss), cuyo objetivo es regular todo lo relativo a la Seguridad Social, y entre los aspectos regulados se encuentra el sistema de pensiones.

Pensión de vejez. La persona que opte por la pensión de vejez debe haber cumplido 60 años de edad para los hombres y para las mujeres 55 años. Para ambos sexos es necesario tener acreditadas un mínimo de 750 semanas cotizadas.

La documentación que se requieres es:
  • Constancia de trabajo (forma 14-100) de los últimos 6 años, por duplicado.

  • Partida de nacimiento o datos filiatorios.

  • Copiadelacéduladeidentidad.

  • Planillas de solicitud (forma 04-04) legibles y por triplicado.

    Esta documentación es entregada en las Cajas Regionales u Oficinas Administrativas del Instituto Venezolano del Seguro Social (Ivss). Es de hacer notar que todos los trámites a realizar en el Ivss son gratuitos.

    Las direcciones de las Cajas Regionales a nivel nacional se pueden conseguir en la página WEB: http://www.ivss.gov.

    ve/ivss/flash/Mapa_CajasCentros1.

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    (En un próximo artículo comentaré el tema de las pensiones por incapacidad).

    Hablan los números. Actualmente el grupo para jubilarse es de 1,6 millones, es decir 6,6% de la población. Se tiene estimado que para el 2025 este grupo será de 4,6 millones, lo que equivaldría a 12,2%, y para 2035 será de 6,2 millones, que corresponderían a 15,6% .

    Hay que tomar en cuenta las variaciones en los nacimientos, defunciones y la tasa de crecimiento natural para tener un aproximado de cuántos venezolanos serán próximamente jubiladosycuántos semantienen activos económicamente.

    Para 1974, cincuenta trabajadores activos sostenían a un jubilado.

    Hoy seis trabajadores cotizantes al Ivss sostienen a un jubilado.

    Es dramático cómo las pensiones han venido perdiendo valor de forma progresiva. En 1971 la pensión promedio era de $2.300. Hoy es de $125, a valores constantes desde 1984. El nivel de pensiones otorgado es insuficiente y no se corresponde al esfuerzo de ahorro de cada trabajador.

    Solución del caso. El Sr. Pedro García debe ir a la Caja Regional más cercana, llevar todos los documentos necesarios y verificar que en el Ivss tenga cotizadas como mínimo 750 semanas para que comience a gozar de su pensión de vejez. •

  • PROBLEMAS

  • La administración de la seguridad social es deficitaria y poco transparente.

  • Los fondos por las cotizaciones de los trabajadores y empleadores no existen.

  • Las prestaciones se pagan vía presupuesto con alto impacto fiscal.

  • El sistema de baja cobertura e índice de soporte decreciente.

  • El porcentaje de los cotizantes al Ivss sobre los trabajadores formales es de 51% y sobre la población ocupada es de 25%, con tendencia decreciente.


  • • Consejo del Día

    Por solidaridad intergeneracional debemos implantar ya un sistema de pensiones eficiente y adaptado a nuestra realidad social

    ASPECTOS RESALTANTES

  • Las cotizaciones sólo podrán ser administrados bajo la rectoría y gestión de los entes del Estado.

  • El sistema de financiamiento para las pensiones de vejez, discapacidad, viudedad y orfandad serán de aseguramiento colectivo, bajo el régimen financiero de prima media general.

  • El régimen prestacional comprenderá: Pensiones de vejez, discapacidad parcial permanente, discapacidad total permanente, viudedad y orfandad. Indemnizaciones por ausencia laboral.

    Asignaciones por cargas derivadas de la vida familiar.

  • Contribución de la pensión de vejez: a) Trabajadores dependientes: por las contribuciones de empleadores y trabajadores.

    B) Los trabajadores no dependientes cotizarán los aportes correspondientes al patrono y al trabajador y quienes no tengan capacidad contributiva con ayuda eventual del Estado.

  • Base de cotización: 10 salarios mínimos.

  • Habrá una gran Tesorería de la Seguridad Social que se encargará de la recaudación, distribución e inversión de los recursos financieros y la gestión del Sistema de Información para el registro, afiliación e identificación de las personas.

  • Se reconoce a los afiliados al SS las cotizaciones antes de entrar en vigencia la Losss.

  • Se garantizan los derechos adquiridos a través del pago de las pensiones a los pensionados por el Ivss, y por otros regímenes de jubilaciones de los trabajadores al servicio del Estado hasta el último sobreviviente.

  • El Ejecutivo Nacional deberá desarrollar, en no más de 6 meses, el plan de implantación de la nueva institucionalidad del SSS.

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