6  Justicia a su Alcance Últimas Noticias | Domingo 16 de Noviembre de 2003


Me dejaron a pie ¿qué hago?



Julio Andrés Borges
julioaborges@cantv.net


Marcos Padrón esun joven que estudia y trabaja para ayudar a sus padres a mantener la casa.

Para que se movilizara con facilidad, sus padres le compraron un carro usado, ya que la oficina donde se desempeña como pasante se encuentra en una zona de difícil acceso. Qué mala sorpresa recibió cuando Marcos salió de su oficina a las 6 pm y se encontró con que el carro no estaba. Ahora no sabe qué hacer, ni a quién pedir ayuda; siente que está desamparado.

Marco jurídico. El artículo 115 de la Constitución establece el derecho a la propiedad y contempla además que éste implica el derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes. Entendiendo por bienes todas aquellas cosas que pertenecen al patrimonio de una persona, entre los cuales podemos conseguir obviamente los carros.

En el caso del robo y hurto de vehículos, el 26 de julio de 2000 entró en vigencia la “Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores”, en Gaceta Oficial N° 37.000. Allí se tipifican como delito:
1. Hurto: Es el apoderamiento de un vehículo perteneciente a otra persona con el fin de obtener provecho para sí o para otro, sin el consentimiento de su dueño. Este delito está penado con prisión de 4 a 8 años pero se aumentará la pena de 6 a 10 años si se presenta alguna circunstancia agravante que esa misma ley expresa.

2. Desvalijamiento: Es la sustracción que hace un sujeto de partes o piezas de un vehículo automotor perteneciente a otras personas, sin apoderarse del mismo, con el propósito de obtener provecho de él. Este delito está penado con prisión de 4 a 8 años.

3. Robo: Es el apoderamiento, con violencia o amenazas de graves daños inminentes a personas o cosas, de un vehículo con el fin de obtener provecho, aun cuando la violencia se produzca después de que ya la cosa sea sustraída a su dueño.

La pena correspondiente a este delito es de 8 a 16 años de presidio, pero si interviene algún agravante estará comprendida entre 9 y 17 años.

4. Cambio ilícito de placas:
Es la sustracción, cambio o alteración ilícita de placas de vehículos, de su serial de carrocería o de motor, para asegurar que el delito quede impune tanto para su autor como para sus cómplices. La sanción correspondiente es de 2 a 4 años de prisión.

5. Aprovechamiento: Consiste en adquirir, recibir o esconder, o intervenir de cualquier forma para que otros adquieran, reciban o escondan, un vehículo, aun sabiendo que el mismo es fruto de un robo o hurto, sin haber tomado parte ni como autor ni como cómplice.

El delito es castigado con prisión de 3 a 5 años, pero aumenta de 4 a 6 años si la conducta fuere habitual.

Recuperaciones. Para obtener información sobre la recuperación de vehículos, se puede consultar la prensa, ya que el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc) debe publicar mensualmente, en dos diarios de circulación nacional, una lista de vehículos bajo su custodia, indicando el lugar donde éstos se encuentran, o bien, visitando cualquier dependencia de dicho cuerpo policial, debido a que la lista se fija en lugares visibles y de fácil acceso al público de esas dependencias.

Retiro de los vehículos. Sólo los propietarios o sus representantes están autorizados para reclamar un vehículo que fue hurtado o robado. Para que se efectúe la entrega se requiere la comprobación de su condición de propietario y una orden de un juez de Control o del Ministerio Público.

Enel caso de que se presenten varias personas para retirar el carro, no se hará la entrega hasta que el juez de Control decida a quién devolver el vehículo.

Lapsos para el reclamo: Durante los 120 días siguientes a la publicación de la lista de vehículos recuperados. Si transcurre dicho lapso sin que el propietario efectúe el reclamo, el Ministerio Público solicitará al juez que el vehículo se ponga a la orden del Fisco Nacional.

Sin embargo, la persona con derechos puede ejercer el reclamo ante el Ministerio Público dentro de los 180 días siguientes al vencimiento del plazo original para reclamar.

El Ministerio Público debe solicitar al juez de Control que emita una orden al Fisco a fin de que sea entregado el carro a su propietario.

Estacionamientos públicos.

Las personas responsables de estacionamientos públicos deben informar al Cicpc si un carro ha permanecido estacionado por más de 5 días continuos, con las excepciones siguientes:
si existe causa justificada de acuerdo al Reglamento de la Ley, o si se trata de un puesto fijo.

Tal información debe contener los datos que identifiquen al vehículo, a fin de que la autoridad verifique si el mismo se encuentra o no solicitado.

En el caso de que se presente al estacionamiento una persona que compruebe su condición de propietario, el responsable puede permitir la salida del carro, salvo que por orden de un juez esté bajo la disposición del Cicpc.

Solución del caso. Marcos debe acudir al Cicpc para denunciar el hurto de su carro y proporcionar todos los datos necesarios para comenzar las averiguaciones del caso y poder capturar a los delincuentes.

Además, Marcos debe estar pendiente de la prensa nacional para saber si su vehículo fue recuperado y así poder reclamarlo antes de que caduque el plazo. •

ORGANISMOS ENCARGADOS


  • Denuncia La persona a la cual le fue hurtado o robado su vehículo debe denunciarlo al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc) más cercano al lugar del delito y a la mayor brevedad posible.

    Debe dar todos los datos correspondientes al carro (placa, color,marca, modelo), si posee alguna seña particular (rayones, calcomanías, entre otras) ; así mismo debe indicar los rasgos de las personas que perpetraron el delito y cuáles fueron los hechos ocurridos en caso de presenciar el robo o hurto.

  • Recuperación La autoridad policial debe proceder a notificar de tal hallazgo al Ministerio Público y entregar el vehículo recuperado al Cicpc para su depósito.

  • • Consejo del día

    Los índices delictivos están muy altos, tomar todas las medidas de prevención puede hacer la diferencia


     
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